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COVID-19 Ley CARES: Explicación de la indulgencia de morosidad para propietarios de viviendas

13 de agosto de 2020

Por Charlestien Harris

La Ley $2 trillón de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES), aprobada en marzo de este año, incluía ayudas especiales para los propietarios de viviendas con hipoteca. La Ley CARES facilita a los propietarios de viviendas que se hayan visto afectados por la pandemia la posibilidad de solicitar una indulgencia de hasta seis meses para empezar y luego añadir otros seis meses si el propietario sigue siendo financieramente incapaz de hacer frente a su obligación hipotecaria a tiempo. 

La indulgencia de morosidad es una forma de alivio del pago que permite a los prestatarios suspender o reducir temporalmente los pagos de la hipoteca. Si se encuentra en un aprieto financiero a corto plazo, la indulgencia puede salvar su casa de la ejecución hipotecaria sin hacer mella en su crédito, ganando tiempo hasta que se recupere. 

El hecho más notable que los propietarios de viviendas necesitan saber es que la Ley CARES sólo cubre los préstamos respaldados por el gobierno federal, como FannieMae, FreddieMac, USDA, VA, FHA y Government Sponsored Enterprise comúnmente conocido como GSE. También tenga en cuenta que estos pagos no desaparecen por completo. Con el tiempo tendrá que compensarlos.

La idea de dejar en suspenso su mayor compromiso financiero puede parecer tentadora para un presupuesto mensual ya de por sí ajustado, pero si aún puede hacer frente a sus pagos, hágalo porque es la mejor opción.  

Antes de la Ley CARES, los prestamistas solían conceder las indulgencias de morosidad tras una cuidadosa evaluación de las dificultades financieras. Los administradores de préstamos solían exigir documentación detallada y los prestatarios con un historial de pagos puntuales tenían más probabilidades de que se les aprobara la indulgencia de morosidad. Ahora, la ley federal simplifica la solicitud de indulgencia de morosidad para muchos prestatarios con problemas de salud o económicos relacionados con el coronavirus, ya que no se requiere documentación. El prestatario sólo tiene que afirmar que sufre una dificultad relacionada con la pandemia.  

Si tiene una hipoteca con garantía federal, sólo tiene que ponerse en contacto con su prestamista e informarle de que no podrá pagar su hipoteca debido a la actual crisis de salud pública. Los prestamistas están obligados a aprobar indulgencias independientemente de su estado de morosidad. Los prestatarios tienen derecho a solicitar una indulgencia inicial de los pagos mensuales de su hipoteca durante un máximo de 180 días, y pueden solicitar hasta 180 días adicionales.  

La segunda parte del programa de desgravación le ofrece una opción de reducción del pago de la hipoteca, en la que los futuros pagos compensatorios se repartirán a lo largo de 12 meses o se añadirán al pago de su hipoteca una vez finalizado el periodo de reducción. No debería tener que pagar una cantidad a tanto alzado al final del periodo de pago aplazado, así que asegúrese de obtener ese acuerdo por escrito.

La tercera parte de la ley también incluye una moratoria de la ejecución hipotecaria de al menos 60 días que prohíbe a los prestamistas y administradores tomar medidas de desahucio relacionadas con la ejecución hipotecaria durante este periodo. Si no está seguro de si su préstamo está respaldado por el gobierno federal, simplemente llame a su prestamista y pregúntele si lo está y cuál es su procedimiento para acceder a su programa de ayuda hipotecaria. 

*Nota: Si su préstamo no está respaldado por el gobierno federal, póngase en contacto con el administrador de su préstamo o con los recursos del gobierno estatal, local o federal, como el Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) para saber qué opciones tiene. 

Una vez presentada la solicitud y aprobada, el prestamista le enviará un contrato de carencia hipotecaria en el que se detallarán las condiciones de la carencia, incluido el modo en que se comunicará su historial de pagos a las agencias de crédito y cómo se recuperarán los pagos atrasados una vez finalizada la carencia. 

Hay una serie de opciones disponibles para el reembolso y en mi próximo blog voy a empezar a explicar las opciones para el reembolso de los pagos omitidos. Las opciones disponibles dependerán del tipo de préstamo que tenga. Como siempre si tienes alguna pregunta llámame al 662-624-5776 o envíame un email a charlestien.harris@southernpartners.org para más información. Hasta la semana que viene, ¡manténgase en buena forma financiera!