Por Charlestien Harris:
Todos conocemos la publicidad. Es esencialmente una invitación a comprar, vender o utilizar un producto o servicio. Sin embargo, en un mundo en el que la publicidad está en todas partes, sorprendentemente poca gente sabe que es ilegal hacer publicidad discriminatoria en materia de vivienda, y aún más sorprendente es la frecuencia con que ocurre.
En el año fiscal 2020, la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades (FHEO) y sus organizaciones asociadas investigaron más de 7.500 denuncias de este tipo de discriminación.
Como antecedente, la misión de la FHEO es eliminar la discriminación en materia de vivienda, promover las oportunidades económicas y lograr comunidades diversas e inclusivas. Dirige el país en la aplicación, administración, desarrollo y comprensión pública de las políticas y leyes federales de vivienda justa, y aplica y hace cumplir las leyes que protegen a las personas de la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo, origen nacional, discapacidad y situación familiar. Además, la FHEO vela por el cumplimiento de los derechos civiles y de vivienda justa por parte de los beneficiarios de fondos del HUD y en los programas del HUD.
El artículo 3604(c) de la Ley de Vivienda Justa establece que es ilegal realizar o hacer que se realice, imprima o publique cualquier aviso, declaración o anuncio, con respecto a la venta o alquiler de una vivienda, que indique cualquier preferencia, limitación o discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo, discapacidad, situación familiar u origen nacional, o la intención de realizar dicha preferencia, limitación o discriminación.
Esto se aplica a los medios de comunicación y las agencias de publicidad, las empresas de ventas, los profesionales inmobiliarios y las empresas de gestión.
Si se comprueba que un anuncio clasificado, un anuncio de escaparate, un encarte o cualquier otro tipo de anuncio inmobiliario se publica con lenguaje discriminatorio, la persona o agencia que lo haya publicado será responsable, junto con el editor que haya impreso el anuncio.
En general, un anuncio de vivienda debe describir la propiedad en sí, y no al posible ocupante. Por ejemplo, un anuncio de una vivienda que diga "no se admiten niños" se consideraría discriminatorio, ya que impide a las familias con niños ocupar esa vivienda y, por tanto, infringe la disposición sobre el estatus familiar de la Ley de Vivienda Justa. Si se determina que un anuncio es realmente discriminatorio, tanto el editor como el anunciante pueden ser considerados responsables.
Si cree que es víctima de discriminación en el ámbito de la vivienda o está sufriendo discriminación en este ámbito, puede denunciar dicha actividad en las oficinas del HUD. Para presentar una denuncia, puede dirigirse a https://www.hud.gov/fairhousing/fileacomplaint%20. Para encontrar la oficina local del HUD más cercana, vaya a https://www.hud.gov/local. Es muy importante denunciar estos casos de discriminación en materia de vivienda, porque cuando se denuncia este tipo de actividad, se contribuye a abrir la igualdad de oportunidades a todos los que buscan una vivienda digna y asequible en todo el país.
Para más información sobre este tema y otros asuntos financieros de interés, envíeme un correo electrónico a Charlestien.harris@southernpartners.org o llámeme al 662-624-5776